Reforma a la LPA: simplificación de trámites en comercio y aduanas

Artículo escrito por Marcela Alvarado

Este año, el día 24 de febrero de 2026, se aprobó el Decreto Legislativo No. 523, mediante el cual se reformó la Ley de Procedimientos Administrativos (LPA). La reforma introdujo el nuevo artículo 4-A “Documentos emanados en el extranjero”, que establece un cambio significativo: la apostilla o legalización de documentos públicos extranjeros ya no será exigida por la Administración Pública cuando se refieran directamente a operaciones comerciales o aduaneras, incluyendo el registro de productos. 

Además, la reforma amplía los supuestos en los que no se requerirá la apostilla. Así, la Administración no podrá exigirla cuando existan mecanismos electrónicos de verificación, medios de validación proporcionados por la entidad emisora, o cuando la autenticidad pueda comprobarse mediante normativa aplicable, convenios, acuerdos u otros instrumentos de cooperación con entidades extranjeras. 

En los casos en que una ley especial sí disponga la presentación de documentos apostillados o legalizados, la Administración deberá admitir el trámite sin exigir el requisito de inmediato. El interesado podrá cumplirlo durante el procedimiento y hasta antes de la resolución definitiva, evitando que los procesos se paralicen por esta formalidad. 

La reforma también prevé que, si la falta de presentación inmediata pudiera afectar el interés público o los derechos del solicitante, la Administración podrá emitir una resolución provisional, otorgando un plazo máximo de diez días hábiles para presentar el documento. Si se cumple, se emitirá la resolución definitiva; de lo contrario, la resolución provisional podrá ser suspendida o revocada. 

El objetivo central de estas disposiciones incorporadas mediante la reforma, es simplificar y agilizar los trámites, reducir costos y evitar retrasos en los mismos derivados de formalidades innecesarias, con ello se busca fortalecer el comercio exterior. Para sectores como importaciones y exportaciones, esta reforma representa una mejora sustancial, al permitir que los procesos avancen sin detenerse por requisitos formales que antes eran obligatorios. 

Lejos de eliminar la apostilla en todos los casos, la reforma redefine su papel: deja de ser un requisito general y pasa a ser un requisito excepcional, dispensado en operaciones comerciales, aduaneras y compras públicas. Este cambio ya está en vigor y se traduce en procesos más ágiles, menos costosos y con mayor certeza para quienes realizan operaciones comerciales y aduaneras. En la práctica, para importadores y exportadores significa mayor certeza en sus gestiones y la posibilidad de avanzar sin retrasos innecesarios, fortaleciendo su competitividad en el mercado. Lo importante es que esta reforma genera ventajas concretas para quienes interactúan con la Administración, reduciendo cargas burocráticas y facilitando sus operaciones. 

Desde Novis Estudio Legal estamos a su disposición para acompañarles en sus procesos y atender cualquier consulta. 

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